El máximo tribunal mexicano confirma la legalidad de la concesión del Circuito Exterior Mexiquense a OHL México

9 de septiembre de 2016

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación, máximo tribunal mexicano (equivalente al Tribunal Supremo español), ha confirmado, en una resolución que no admite recurso legal alguno, que la concesión del Circuito Exterior Mexiquense a OHL México es conforme a derecho. 

La legalidad de esta concesión se desprende del fallo emitido por el citado tribunal desechando el recurso de revisión número ADR 427/2016 interpuesto por Gregorio López Ortega, que demandaba un pronunciamiento respecto de los actos por medio de los cuales la Secretaría de Comunicaciones del Estado de México otorgó a OHL México la concesión para la construcción, explotación, operación, conservación y mantenimiento del Circuito Exterior Mexiquense, así como, de otros actos relacionados con la misma. 

Durante 2014 y 2015, la empresa Tecnología Aplicada Infraiber, S.A. de C.V y algunas personas físicas, entre ellas Gregorio López Ortega, interpusieron diversos juicios contenciosos administrativos con una práctica identidad de argumentario, los cuales han ido siendo desechados. Por ello, el fallo supone también una victorial legal de OHL México sobre hechos disputados por Infraiber, que mantiene pretensiones similares a las desechadas en la resolución. 

El pasado día 7, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación revisó uno de estos juicios (recurso de revisión número ADR 427/2016) interpuesto por Gregorio López Ortega en contra de la sentencia dictada por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, por la que se negó el amparo, confirmando el sobreseimiento del juicio contencioso administrativo promovido en contra del Título de Concesión del Circuito Exterior Mexiquense. 

A continuación, se relacionan algunos de los actos administrativos reclamados por el recurrente: 

  • El Título de Concesión.
  • La Primera Modificación al Título de Concesión.
  • La Segunda Modificación al Título de Concesión.
  • La Tercera Modificación al Título de Concesión.
  • La Cuarta Modificación al Título de Concesión.
  • La ampliación del plazo de la Concesión, la autorización de los Incrementos Adicionales y la supuesta autorización para que se capitalice la utilidad o rendimiento que OHL tiene derecho a cobrar con cargo al Circuito Exterior Mexiquense, previstos en la Quinta Modificación.
  • Todos y cada uno de los reconocimientos realizados por el Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México (Saascaem) y/o la Secretaría respecto de la inversión de OHL susceptible de ser recuperada, junto con el rendimiento pactado con cargo al Circuito Exterior Mexiquense.

Por lo anteriormente expuesto, con esta resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, confirma la improcedencia de las acciones intentadas por Gregorio López Ortega en contra de OHL México, ya que la citada resolución no admite recurso legal alguno. 

Hoy el máximo tribunal del País da la razón jurídica a OHL México, dejando claro que las concesiones otorgadas a la empresa han sido conforme a derecho. 

OHL México seguirá dando puntual seguimiento a cualquier acción que pretenda desacreditar el actuar de la empresa y reitera que continuará haciendo uso de todos los recursos legales a su alcance para hacer valer sus derechos y salvaguardar el patrimonio de sus accionistas.

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