Resultados de auditorías a OHL México

17 de julio de 2015

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OBRASCÓN HUARTE LAIN, S.A. (“OHL” o la “Sociedad”), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 82 de la Ley del Mercado de Valores, pone en conocimiento de la Comisión Nacional del Mercado de Valores el siguiente 

HECHO RELEVANTE 

La Sociedad informa que su filial mexicana, OHL México, S.A.B. de C.V., ha notificado al mercado el siguiente comunicado: 

“México, Distrito Federal a 16 de julio de 2015_ OHL México, S.A.B. de C.V. (“OHL México” o la “Compañía”) informa a sus accionistas que hoy se llevó a cabo en la Ciudad de México una sesión extraordinaria del Consejo de Administración, en la que los miembros del Comité de Auditoría presentaron su reporte sobre de las auditorías independientes realizadas por KPMG Cárdenas Dosal, S.C., Jones Day México, S.C. y FTI Consulting México, S. de R.L. de C.V., encargadas por el Consejo de Administración, como se comunicó al público inversionista en evento relevante publicado el 20 de mayo de 2015, con objeto de: 

1. Verificar que las operaciones relacionadas con las concesiones para la construcción y operación del Viaducto Bicentenario y del Circuito Exterior Mexiquense y sus modificaciones, hayan cumplido con la legislación aplicable y 

2. Revisar los sistemas de control y cumplimiento con las reglas de gobierno corporativo y con el código de ética de OHLMEX.  

Una vez concluidas las auditorías, con relación al primer punto se informa que: 

1. Los títulos de concesión del Viaducto Bicentenario y del Circuito Exterior Mexiquense, sus modificaciones, incluyendo el nuevo régimen tarifario, cumplen con la legislación aplicable, abarcando el derecho que emana del título de concesión del Circuito Exterior Mexiquense de recuperar la inversión más un rendimiento garantizado del 10 %, y del título de concesión del Viaducto Bicentenario de recuperar la inversión más un rendimiento garantizado del 7 %. 

2. La inversión acumulada que ha servido de base para la determinación de la rentabilidad garantizada pendiente de recuperar, incluida la inversión en construcción, está debidamente aprobada por la autoridad. 

3. El auditor externo (Deoitte Touche Tohmatsu, Ltd) de OHLMEX ha confirmado que la política contable establecida para la determinación, reconocimiento y registro contable de la rentabilidad garantizada, se encuentra de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera, aplicables en las circunstancias actuales.  

Por lo expuesto anteriormente, se concluye que todas las imputaciones de Tecnología Aplicada Infraiber, S.A. de C.V. (Infraiber) son falsas, y forman parte de una campaña difamatoria en contra de OHLMEX. Adicionalmente, se confirmó que OHLMEX no tiene, ni ha tenido, ninguna relación jurídica con Infraiber.  

Asimismo, las auditorias concluyen que la revisión técnica de un reconocido perito en la materia determinó que las grabaciones obtenidas ilegalmente y analizadas fueron editadas y alteradas para cambiar su sentido. Dichas grabaciones también forman parte de la campaña de difamación en contra de OHLMEX.

En relación con el segundo punto objeto de las Auditorías Independientes, y en base en las investigaciones realizadas, el Comité de Auditoría informó al Consejo de Administración los siguientes puntos: 

1. Se identificaron áreas y procedimientos administrativos que se deben fortalecer en aras de lograr mayor autonomía y eficacia de gestión de la compañía.

2. Se identificó la importancia de fortalecer los órganos de control de la Compañía, como el Comité de Auditoría, Comité de Prácticas Societarias, Auditoría Interna y Control de Riesgos, en particular por lo que se refiere a los lineamientos para operaciones con partes relacionadas, a fin de cumplir con los estándares más estrictos de gobierno corporativo.

3. Se identificó la necesidad de fortalecer el cumplimiento del Código de Ética de la Compañía.

4. Se identificaron vulnerabilidades en el manejo de la seguridad de la información, aunque no se obtuvo evidencia de la participación de algún empleado de OHLMEX en la fuga de información.

En relación a todo lo anterior, el Comité de Auditoría como resultado de la auditoría exhaustiva que se ha llevado a cabo y con el fin de apegarse a las mejores prácticas de gobierno corporativo, presentó 19 importantes recomendaciones específicas al Consejo de Administración para lograr dicho objetivo, las que serán evaluadas por el propio Consejo.

Por último se informa que conforme se anunció en el evento relevante del primero de junio, en el que se acordó realizar una investigación sobre los supuestos pagos de naturaleza irregular a Magistrados, el despacho de abogados Ritch, Mueller, Heather y Nicolau, S.C., concluye que, durante la defensa en los juicios, no se encontró evidencia o indicio alguno de conductas contrarias a la ley ni al Código de Ética, ni de pagos en dinero o en especie, ya sea directa o indirectamente, a ningún juez, magistrado, o funcionario público alguno, relacionado con los juicios analizados. Asimismo, Jones Day, asesor del Comité de Auditoría confirmó que los juicios se han llevado en forma responsable por OHLMEX, y en forma consistente apegada a derecho.”

 

En Madrid, a 17 de julio de 2015.

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