Hecho Relevante. La Sociedad informa en relación con la resolución de contratos anunciada por Aleática

9 de abril de 2019

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OBRASCÓN HUARTE LAIN, S.A. (“OHL” o la “Sociedad”), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 228 del Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, pone en conocimiento de la Comisión Nacional del Mercado de Valores el siguiente

HECHO RELEVANTE

En relación con las noticias aparecidas en los medios de comunicación relativas a la finalización de los contratos de ingeniería y construcción para la ejecución de la Autopista Atizapán Atlacomulco, en México, y el contrato de ingeniería y construcción de la Autopista Río Magdalena, en Colombia, por parte de Aleática, OHL informa que:

– Se ha visto sorprendida en su buena fe en el marco de las relaciones comerciales que mantiene con Aleática, estando en completa disconformidad con las resoluciones de ambos contratos por no tener, en su opinión, fundamento legal alguno.

– Entiende que la resolución unilateral de ambos contratos por parte de Aleática es consecuencia directa de los arbitrajes iniciados por OHL frente a ambas filiales de Aleática. En concreto interpuesto frente a Autopista Rio Magdalena (Colombia) el 30 de noviembre de 2018 y frente a Autopista Atizapán Atlacomulco (México) el 4 de abril de 2019 en reclamación de sus graves incumplimientos contractuales.

– La resolución de los contratos se suma a los graves incumplimientos contractuales de las Sociedades Concesionarias del Grupo Aleática y en su consecuencia OHL adoptará las medidas legales que correspondan en defensa de sus intereses.

Madrid, 9 de abril 2019.

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