El Consejo de Administración aprueba una nueva versión del Código Ético
2 de febrero de 2015
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El Consejo de Administración del Grupo OHL ha aprobado, el 21 de enero de 2015, una actualización del Código Ético con el objetivo de adaptarlo a la reforma del Código Penal, aprobada mediante la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, publicada en el BOE el 31 de marzo de 2015, y todo ello en el marco de mejora del modelo de organización y gestión para la prevención de delitos del Grupo OHL. En este sentido se han adaptado, desde un punto de vista penal, delitos relativos a la corrupción, cohecho, tráfico de influencias, blanqueo de capitales y financiación del terrorismo a través de medidas de diligencia debida en el conocimiento de terceros, propiedad intelectual o informáticos, entre otros.
El Código Ético del Grupo OHL, integrante del cuerpo normativo que guía su gobierno corporativo, “constituye una declaración expresa de sus valores, principios y pautas de conducta que deben guiar el comportamiento de todas las personas del Grupo en el desarrollo de su actividad profesional”, de manera que el compromiso social de ética, integridad y transparencia hacia las comunidades en las que se actúa quede garantizado, así como con los agentes externos con los que OHL se relaciona en su actividad empresarial. Por ello y considerando que todas las personas del Grupo tienen la obligación de conocerlo, entenderlo y aceptarlo, desde la Dirección de Recursos Humanos Corporativa, con el impulso de la Dirección de Cumplimiento, se establecerán los procedimientos necesarios para ello.
Aprovechamos esta comunicación para recordar la existencia del Canal Ético de Comunicación que, a través de distintas vías –intranet, web y correo postal–, pone a disposición de todos los que formamos parte de OHL y otros grupos de interés la posibilidad de realizar consultas, sugerencias o informar de posibles vulneraciones del Código Ético. Es una herramienta imprescindible para que el Código Ético despliegue toda su eficacia y para mejorar continuamente nuestro sistema de prevención y normas de calidad. Dicho canal lo arbitra, a través de la Dirección de Cumplimiento, la Comisión de Auditoría, Cumplimiento y Responsabilidad Social Corporativa, que garantiza la confidencialidad y vela por la no existencia de represalias contra aquellos que, de buena fe, lo utilicen.