La Sociedad informa que ha finalizado el proceso de Solicitud de Consentimiento de los tenedores de los Bonos y el resultado final

6 de enero de 2025

Tiempo de lectura: 2 minutos

OBRASCÓN HUARTE LAIN, S.A. (“OHLA” o la “Sociedad”), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 227 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, comunica a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (“CNMV”) la siguiente OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE

Como continuación de la comunicación de otra información relevante publicada por la Sociedad el 2 de diciembre de 2024 y el 10 de diciembre de 2024 (con números de registro oficial 31.590 y 31.695, respectivamente) en relación con el proceso de Solicitud de Consentimiento dirigido a los titulares de la emisión de bonos senior garantizados (€487,266,804 Split Coupon Senior Secured Notes due 2026) de OHL Operaciones, S.A.U. (el “Emisor”) (ISIN: XS2356570239 / XS2356571120) (los “Bonos”) para la aprobación de los acuerdos (los “Acuerdos de los Bonistas”) recogidos en el memorando de solicitud de consentimiento (consent solicitation memorandum) publicado por el Emisor el 2 de diciembre de 2024 (el “Memorando de Solicitud de Consentimiento”), la Sociedad informa de que en el día de hoy el proceso de Solicitud de Consentimiento ha finalizado a las 11:00 horas (CET) y ha obtenido la aprobación de los tenedores de los Bonos (los “Bonistas”) que representan más del 90% del importe principal de los Bonos en circulación.

En consecuencia, los Acuerdos de los Bonistas son vinculantes para todos los Bonistas y no será necesario celebrar la asamblea de bonistas, cuya convocatoria se realizó de conformidad con el Memorando de Solicitud de Consentimiento.

Se recuerda a los Bonistas que la mayoría de los Acuerdos de los Bonistas únicamente serán efectivos y se implementarán en la medida en que la Recapitalización sea eficaz en la Fecha de Efectividad de la Recapitalización. En la Fecha de Efectividad de la Recapitalización, los Documentos de la Recapitalización entrarán incondicionalmente en vigor de conformidad con sus respectivos términos y los Acuerdos de los Bonistas serán plenamente efectivos.

Si no se implementa la Recapitalización y no se alcanza la Fecha de Efectividad de la Recapitalización, o si el Contrato de Lock-Up (Lock-Up Agreement) se resuelve por cualquier motivo distinto del acaecimiento de la Fecha de Efectividad de la Recapitalización, los Acuerdos de los Bonistas no serán efectivos. Los términos en mayúsculas no definidos en este anuncio tienen el mismo significado que se les atribuye en el Memorando de Solicitud de Consentimiento.

Madrid, 6 de enero de 2025.

Volver a sala de Prensa